Es muy común encontrar sociedades, asociaciones civiles o fundaciones operativas que acumulan varios ejercicios sin presentar sus estados contables ante la IGJ. Para facilitar la puesta al día sin sanciones, el organismo viene aplicando desde principios de 2025 un régimen de regularización que, mediante la Resolución General 6/2026 (publicada el 18/06/2026), acaba de prorrogarse hasta fin de este año.
El camino previo a esta prórroga
El esquema actual empezó a tomar forma el año pasado con tres resoluciones encadenadas:
- Primero, la RG 3/2025 dio de baja el viejo Registro de Entidades Inactivas (REI), aunque aclaró que las obligaciones contables adeudadas seguían vigentes.
- Enseguida, la RG 4/2025 abrió una moratoria para presentar balances atrasados entre febrero y diciembre de 2025.
- Finalmente, la RG 6/2025 estiró esa ventana hasta el 30 de junio de 2026, permitiendo que las sociedades por acciones, las S.R.L. alcanzadas, las sucursales extranjeras (art. 118 LGS), las asociaciones civiles y las fundaciones regularizaran los estados contables de los últimos diez ejercicios cerrados hasta el 31 de diciembre de 2025.
Qué cambia a partir del 1° de julio con la RG 6/2026
La nueva resolución no solo lleva el vencimiento del régimen hasta el 31 de diciembre de 2026, sino que además amplía el alcance temporal para incluir los balances cuyos ejercicios hayan cerrado hasta el 30 de junio de 2026.
Otro dato relevante es que, mientras dure la moratoria (y salvo que medie una orden judicial expresa), queda suspendido tanto el inicio como el avance de los sumarios por falta de presentación de estados contables. Todos los trámites de este régimen especial se gestionan exclusivamente a través de la plataforma digital habilitada en la web del organismo.
Por qué vale la pena aprovechar la ventana
La falta de presentación de balances suele pasar desapercibida hasta que la entidad necesita inscribir con urgencia un nuevo directorio, una reforma de estatuto o una cesión de cuotas y se topa con el freno registral, o bien hasta que un banco bloquea la actualización de carpetas crediticias por falta de constancias. Ponerse al día bajo este régimen permite destrabar la matrícula sin el riesgo de recibir multas o sumarios en el proceso.
Si en su sociedad o entidad tienen ejercicios atrasados, en el estudio podemos relevar el estado de deuda ante la IGJ, articular la documentación con su estudio contable y encargarnos de la carga digital.