Aumento de capital. El aumento de capital es la decisión de incrementar el capital social, mediante nuevos aportes o capitalización de reservas, ganancias u otros conceptos, que en la S.A. puede resolver la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo si el estatuto lo prevé.
Fuera de ese supuesto, la decisión corresponde a la asamblea extraordinaria. La asamblea solo puede delegar en el directorio la época de la emisión, la forma y las condiciones de pago. Los accionistas tienen derecho de preferencia y de acrecer, y la resolución se publica e inscribe.
Norma: Arts. 188, 194, 234 inc. 4 y 235 inc. 1 LGS.
Texto oficial: Ley General de Sociedades 19.550 (texto actualizado, InfoLEG)
Definición de carácter informativo, revisada por Estudio Olivera & Asociados y contrastada con los textos normativos vigentes al 22 de octubre de 2026. No constituye asesoramiento jurídico para un caso concreto.