Glosario · Socios, conflictos y responsabilidad

Responsabilidad de los administradores

Responsabilidad de los administradores. Los administradores y representantes de la sociedad deben obrar con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios, y los que faltan a esas obligaciones responden ilimitada y solidariamente por los daños y perjuicios que causen.

Los directores responden hacia la sociedad, los accionistas y los terceros por el mal desempeño del cargo, la violación de la ley, el estatuto o el reglamento, y por cualquier daño producido por dolo, abuso de facultades o culpa grave. La acción social de responsabilidad corresponde a la sociedad, previa resolución de la asamblea; si no se inicia dentro de los tres meses, puede promoverla cualquier accionista.

Norma: Arts. 59, 157, 274, 276 y 277 LGS.

Texto oficial: Ley General de Sociedades 19.550 (texto actualizado, InfoLEG)

Definición de carácter informativo, revisada por Estudio Olivera & Asociados y contrastada con los textos normativos vigentes al 22 de octubre de 2026. No constituye asesoramiento jurídico para un caso concreto.